Aprueban Factores de Liquidación “F” para Cálculo de Compensación por Tiempo de Servicios de los Trabajadores de Construcción Civil para las Seis Áreas Geográficas, Correspondientes a los meses de Junio de 2002 a Mayo de 2003

RESOLUCION JEFATURAL Nº 381-2003-INEI

Lima, 14 de noviembre de 2003

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nº 033-90-VC-9200 de fecha de 26 de julio de 1990, el Consejo de Reajuste de los Precios de la Construcción - CREPCO creó el Factor de Liquidación “F” y aprobó la fórmula del cálculo de reintegro por concepto de pago de Compensación por Tiempo de Servicios;

Que, el artículo 4 de la Resolución mencionada en el párrafo precedente, dispuso que CREPCO publicará el Factor de Liquidación “F” cada vez que se produzca una variación en los jornales de construcción civil que afecte el monto de la compensación por tiempo de servicios;

Que, la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices Unificados de Precios para la aplicación de las Fórmulas Polinómicas de Reajuste Automático de los elementos que determinen el costo de las Obras;

Que, el 10 de octubre del 2003 se publica, en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución Directoral Nº 90-2003-DRTPEL-DPSC, que otorga incrementos diarios a los jornales básicos de los trabajadores pertenecientes a la rama de construcción civil a partir del 1 de junio del 2003 al 31 de mayo del 2004, la misma que es confirmada por Resolución Directoral Nº 050-2003-TR/DRTPEL;

Que, en consecuencia al haberse producido la última variación de los jornales de construcción civil, es necesario fijar el Factor de Liquidación “F” correspondiente a los meses de junio 2002 a mayo del 2003, calculado con la última variación por cuanto cada empresa ha tenido un tratamiento especial en las variaciones de sus salarios;

Que, la Comisión Técnica de los Índices Unificados del Instituto Nacional de Estadística e Informática está de acuerdo con el Informe Nº 02-09-2003-INEI/DTIE, el cual contienen los resultados de estos factores;

Con la opinión favorable de la Subjefatura de Estadística y la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y la visación de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y,

En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los Factores de Liquidación “F” para el cálculo de Compensación por tiempo de servicios de los trabajadores de construcción civil para las seis (6) Áreas Geográficas correspondientes a los meses de junio del 2002 a mayo del 2003, derivados de la variación de los jornales de la mano de obra producidas en el mes de junio del 2003, en la forma siguiente:

MES
AÑO
FACTOR DE LIQUIDACIÓN
“F”
A JUNIO 2003
Junio
Julio
Agosto
Setiembre
Octubre
Noviembre
Diciembre
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
2002
2002
2002
2002
2002
2002
2002
2003
2003
2003
2003
2003
1,06
1,06
1,06
1,06
1,06
1,06
1,06
1,06
1,06
1,06
1,06
1,06

Artículo 2.- Los Factores de Liquidación “F” precisados en el artículo precedente, se aplicarán según la fórmula aprobada por Resolución Nº 033-90-VC-9200, donde “F” corresponde al mes efectivo de pago de la valorización.

Artículo 3.- Los Factores de Liquidación “F” de la presente Resolución se aplicarán exclusivamente a las valorizaciones pagadas y no afectadas por un Factor de Liquidación “F” anterior.

Regístrese y comuníquese.

EMILIO FARID MATUK CASTRO
Jefe

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