Resolución Ministerial No. 053 98 EF 15


Lima, 5 de marzo de 1998

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Decreto Supremo No. 016 91 EF, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley No. 25528 y modificatorias, la importación de ciertos productos agropecuarios está sujeta a la aplicación de derechos específicos variables:

Que, por Decreto Supremo No. 114 93 EF, modificado por los Decretos Supremos Nos. 133 94 ef, 99 95 EF, 151 95 EF, 025 96 EF, 080 96 EF y 005 97 EF, vigentes a partir del 2 de febrero de 1997, se actualizaron las tablas aduaneras aplicables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerado anterior:

Que, corresponde publicar los precios FOB de referencia para la semana comprendida entre el 23 de febrero y el 1 de marzo de 1998;

De conformidad con el Decreto Supremo No. 133 94 EF;

SE RESUELVE:

Artículo Unico.- Publíquese los precios FOB de referencia para la aplicación del derecho específico variable a que se refiere el Decreto Supremo No. 133 94 EF;

PRECIOS FOB DE REFERENCIA
(DECRETO SUPREMO No. 133 94 EF)
US$ POR T.M.
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Fecha           Trigo | Maíz    Arroz   Azúcar
                BDTB    BDTE    BDTK    SULX
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Del 23/2 al 1/3         140     115     274     268
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Regístrese y comuníquese

DANIEL HOKAMA TOKASHIKI
Ministro de Energía y Minas
Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas
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