Actualización del capital social mínimo correspondiente al trimestre enero - marzo 2013 de las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico Lima, 22 de enero de 2013 Señor Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, y tomando en consideración lo dispuesto en la Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera, Ley N° 29985, la Superintendencia dispone mediante la presente norma la actualización del capital social mínimo de las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico (EEDE), correspondiente al período enero – marzo de 2013, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18º de la Ley General, según se indica a continuación, disponiéndose su publicación en virtud de lo señalado en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS: Actualización del capital social mínimo de las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico (EEDE) correspondiente al trimestre enero – marzo 2013 (en nuevos soles)
Las siguientes actualizaciones trimestrales del capital mínimo de las EEDE se llevarán a cabo en la norma que actualiza, de manera conjunta, el capital social mínimo de las empresas indicadas en los artículos 16° y 17° de la Ley General. Atentamente, DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG |